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Expertos piden ley espacial antes de autorizar lanzamientos de cohetes en Pedernales

Política, NoticiasNelson SantanaComment

Por ESENDOM
5 de marzo de 2026

  • El Gobierno anunció un puerto espacial comercial en Oviedo, Pedernales, y prometió que antes de mayo de 2028 podría despegar un satélite o cohete desde suelo dominicano.

  • Especialistas advierten que la responsabilidad internacional recaería sobre el Estado dominicano, aunque la operación la ejecute una empresa privada.

  • Señalan riesgos de soberanía, uso militar encubierto, daños ambientales y contratos con cláusulas que limiten auditorías e inspecciones.

  • Recomiendan marco legal previo, autoridad espacial, inspección permanente, seguros millonarios y beneficios verificables para el país.

Santo Domingo.– El anuncio del presidente Luis Abinader de que la República Dominicana busca ingresar a la economía espacial con un puerto comercial en Oviedo, Pedernales, ha generado tanto entusiasmo como una advertencia contundente de expertos: si una empresa privada lanza cohetes desde territorio dominicano, la factura política, diplomática y legal recae sobre el Estado, no sobre el operador.

El proyecto forma parte de una estrategia más amplia para convertir al país en hub tecnológico y de conectividad —con centros de datos, cables submarinos y acuerdos con grandes compañías— y se presenta como una apuesta de alto valor agregado. Abinader fijó como meta que antes de mayo de 2028 se envíe un satélite o cohete al espacio desde Pedernales, como eje de la diversificación económica y la atracción de inversión extranjera.

El marco legal que sustenta esa advertencia tiene nombre y fecha: el Tratado del Espacio Exterior de 1967, conocido también como la «Constitución del Espacio» y piedra angular del derecho espacial internacional. Su artículo VI establece que las actividades de entidades no gubernamentales en el espacio ultraterrestre deberán ser autorizadas y fiscalizadas constantemente por el Estado Parte correspondiente, y que los Estados serán responsables internacionalmente de las actividades nacionales que realicen en el espacio, ya sean llevadas a cabo por organismos gubernamentales o entidades privadas. El artículo VII complementa ese principio al disponer que todo Estado desde cuyo territorio se lance un objeto espacial será responsable internacionalmente de los daños que ese objeto cause, sin necesidad de demostrar culpa o negligencia. La República Dominicana no figura entre los Estados que han ratificado el Tratado, lo que añade una capa adicional de urgencia: actuar en un vacío jurídico internacional puede comprometer aún más la posición del país ante cualquier incidente.

Sin embargo, los especialistas son claros: en materia espacial no existe neutralidad estatal. Todo lo que se lance desde territorio nacional queda bajo responsabilidad del país anfitrión, con escenarios que van desde accidentes, caída de escombros e interferencias satelitales hasta daños ambientales, afectaciones al espacio aéreo y controversias internacionales. Aunque el Estado pudiera demandar a la empresa posteriormente, el golpe reputacional y diplomático sería inmediato.

Uno de los puntos más sensibles es el carácter dual de la tecnología espacial: un cohete para satélites comparte principios técnicos con un misil de largo alcance. En un país con controles institucionales débiles, advierten los expertos, una operación comercial podría facilitar pruebas de propulsión, transferencias tecnológicas prohibidas o usos de terceros camuflados como «negocio».

También alertan sobre el riesgo contractual. Los operadores privados suelen exigir exenciones fiscales amplias, zonas con acceso estatal restringido, límites a auditorías e incluso arbitraje internacional como única vía de disputa, condiciones que en la práctica pueden equivaler a una cesión funcional de soberanía.

La hoja de ruta que proponen los especialistas es directa: primero la ley, luego los permisos. Entre los mínimos exigibles figuran el derecho de inspección permanente, la presencia coordinada de autoridades civiles, militares y ambientales, y la capacidad del Estado para suspender lanzamientos sin quedar atrapado en compensaciones automáticas. A eso se suman una ley espacial nacional, una autoridad o ente interinstitucional, un registro nacional de objetos espaciales y un régimen de sanciones robusto.

En materia ambiental, exigen evaluaciones independientes sobre ruido extremo, residuos tóxicos, afectación marina y del espacio aéreo, zonas de exclusión y posibles desplazamientos poblacionales, con una condición clave: que esos estudios no los financie directamente la empresa interesada.

El «beneficio país» debe ser verificable: transferencia tecnológica real, empleo calificado local, acceso preferente del Estado a lanzamientos y participación en decisiones estratégicas. La frase que circula entre especialistas resume el dilema con precisión: cuando una empresa lanza cohetes desde tu territorio, no estás alquilando tierra; estás prestando soberanía. Si Pedernales será plataforma de futuro, la pregunta previa no es si suena bien —es si el país está blindado para sostenerlo.

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