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Minerd emite protocolo obligatorio para excursiones escolares tras muerte de Stephora Joseph

Política, Notis, NoticiasNelson SantanaComment

Por ESENDOM
10 de diciembre de 2025

El Ministerio endurece controles tras tragedia de niña haitiana en Santiago e impone sanciones por incumplimiento

Puntos clave:

  • Ministerio emitió Orden Departamental 63-2025, sustituyendo la 09-2009, con protocolo obligatorio para excursiones en centros públicos y privados

  • Medida responde a muerte de Stephora Anne-Mircie Joseph (11 años) durante excursión del Colegio Leonardo Da Vinci el 14 de noviembre

  • Protocolo exige solicitudes con 25 días de anticipación, mayor supervisión adulta, autorizaciones escritas y restricciones de lugares de riesgo

  • Prohíbe actividades en ríos, playas, balnearios y clubes nocturnos; impone sanciones administrativas y penales

  • Comunidad dominicana exige transparencia, supervisión y justicia en sistema educativo

SANTO DOMINGO.— Casi un mes después de la muerte de Stephora Anne-Mircie Joseph (11 años) durante una excursión escolar en Gurabo, el Ministerio de Educación (Minerd) anunció una reforma al sistema de salidas educativas. La Orden Departamental 63-2025, firmada por el ministro Luis Miguel De Camps, establece protocolo obligatorio que endurece controles en excursiones escolares.

La medida —de aplicación inmediata— responde a la indignación nacional generada por el caso del Colegio Leonardo Da Vinci, donde Stephora murió ahogada el 14 de noviembre en hacienda Los Caballos. El centro movilizó 87 estudiantes con solo tres cuidadoras, sin plan de seguridad validado por autoridades.

Reglas más estrictas para planificación y aprobación

Según documento de 13 artículos, ninguna excursión podrá realizarse sin estar prevista en el plan curricular del centro. Toda actividad extracurricular requiere un proceso formal de aprobación, supervisión y certificación.

Puntos relevantes del protocolo:

Solicitudes con 25 días de antelación (Art. 6)

Cada centro educativo deberá presentar:

• propósito pedagógico de la salida

• guía(s) por grado

• lista de estudiantes

• responsables designados

• horario, logística y costos

• medios de transporte y evidencia de inspección

• carta de aprobación de APMAE

Mayor proporción de supervisores adultos (Art. 7)

• 1 adulto por cada 15 estudiantes

• Para menores de 9 años: 1 adulto por cada 8 estudiantes

• Participación obligatoria de al menos dos miembros de APMAE como veedores

Restricciones de lugares y conductas (Art. 3 y 4)

Se prohíben:

• excursiones a playas, ríos, balnearios, lagos y piscinas

• visitas a clubes para adultos o establecimientos con riesgo físico o moral

• consumo o transporte de alcohol, cigarrillos, vaper o sustancias psicoactivas

• uso de vehículos no certificados

Cada autobús deberá disponer de botiquín de primeros auxilios. Las autoridades deben constatar el buen estado mecánico del transporte.

Autorización escrita de padres (Art. 8 y 9)

Cada estudiante deberá tener el consentimiento informado firmado.

Sin autorización del Distrito, la actividad no puede ejecutarse.

Sistema educativo bajo escrutinio

La muerte de Stephora reactivó el debate nacional sobre la responsabilidad de los centros educativos y la falta de controles efectivos. Fiscalía solicitó medidas de coerción contra cuatro empleadas del Colegio Leonardo Da Vinci por homicidio involuntario: Yris del Carmen Reyes Adames (directora administrativa), Gisela González (coordinadora general), Francisca Josefina Tavarez Vélez (orientadora) y Vilma Altagracia Vargas Morel (coordinadora del nivel secundario).

Ministerio Público tiene evidencias de negligencia grave: movilizaron 87 niños con solo tres cuidadoras, sin considerar profundidad de piscinas, sin salvavidas, sin consultar a padres si menores sabían nadar, sin exigir chalecos salvavidas.

Organizaciones sociales y padres exigieron que Minerd cierre brechas históricas en supervisión, transporte y seguridad estudiantil. Orden 63-2025 intenta responder mediante un protocolo más rígido, uniforme y verificable.

Sanciones administrativas y penales (Art. 13)

Incumplimiento del protocolo conlleva sanciones conforme a:

• Ley 136-03 (Protección de Niños, Niñas y Adolescentes)

• Ley 41-08

• Ley 66-97 (Educación)

• Código Penal Dominicano

• Manual de Convivencia Escolar del Minerd

Hacia nuevo modelo de responsabilidad educativa

Con esta orden, Minerd busca garantizar que todas las salidas escolares cumplan estándares mínimos de planificación y seguridad, evitando improvisaciones que pongan en riesgo vida estudiantil.

Mientras avanza investigación penal por muerte de Stephora, país enfrenta llamado urgente: educación también se protege fuera del aula, y seguridad escolar es responsabilidad compartida.

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